Política de Cumplimiento y Ética Empresarial

1. INTRODUCCIÓN

En CETUS Technology S.A.S., nos comprometemos a mantener los más altos estándares de integridad y transparencia en todas nuestras operaciones. Esta política establece nuestras directrices respecto a las medidas anticorrupción, ética de negocios, pago de comisiones, regalos y ocio, para clientes o funcionarios públicos y otros asuntos relacionados, conforme a la legislación colombiana, generando relaciones de confianza y protegiendo a la compañía de situaciones que puedan afectar la imagen corporativa.

2. ALCANCE

Esta política está dirigida a empleados, contratistas y cualquier otro grupo de interés, con los cuales CETUS mantenga vínculos laborales, a fin de evitar o prevenir que la empresa se vea inmersa en actividades de corrupción, sobornos u otras situaciones que afecten su integridad e imagen.

3. NORMATIVIDAD

• Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único)
• Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción)
• Ley 1778 de 2016 (Ley de Soborno Transnacional).

4. POLITICAS DE CUMPLIMIENTO ANTICORRUPCION

4.1. Medidas Anticorrupción
CETUS Technology S.A.S. tiene una política de cero tolerancias hacia la corrupción en todas sus formas, incluyendo soborno, extorsión y fraude. Todos los empleados, directivos y socios comerciales deben adherirse estrictamente a las leyes y regulaciones anticorrupción vigentes, como la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) y la Ley 1778 de 2016 (Ley de Soborno Transnacional).

4.2. Ética de Negocios
Promovemos una cultura de ética empresarial basada en la transparencia, honestidad y responsabilidad. Todos los empleados y socios comerciales deben actuar de manera ética y en el mejor interés de la empresa y sus stakeholders.

4.3. Pago de Comisiones
Los pagos de comisiones deben ser transparentes y estar debidamente documentados. No se permitirán pagos de comisiones que no estén autorizados por la alta dirección y que no cumplan con nuestras políticas internas y las regulaciones locales e internacionales.
Todo pago que realice CETUS a empleados o contratistas se realizarán a través de los canales bancarios oficiales, como garantía de trazabilidad, de todos los movimientos efectuados.

4.4. REGALOS Y OCIOS

  • Regalos: Se prohíbe la aceptación regalos que tengan como objetivo influir de manera inapropiada en decisiones comerciales, de igual forma ningún empleado de Cetus, entregara, prometerá u ofrecerá sea de manera directa o indirecta, obsequios, regalos, invitaciones para obtener un beneficio a favor de la empresa, clientes, de cualquier tercero o para beneficio personal. Los regalos de valor simbólico, de naturaleza promocional, de cortesía, pueden ser aceptados o entregados, bajo circunstancias específicas, mientras los mismos no afecten la toma de decisiones autónomas y objetiva. Para esto, se debe reportar a la alta dirección cualquier entrega o recepción de detalle, conforme a lo establecido en la Ley 1474 de 2011.
  • Ocio: Las invitaciones a actividades de ocio (eventos, comidas, entre otros) deben ser razonables y tener un propósito comercial legítimo. Todas estas actividades deben ser transparentes y previamente estudiadas y aprobadas por la alta dirección.

4.5. RELACIONES CON FUNCIONARIOS PÚBLICOS

CETUS Technology S.A.S. prohíbe estrictamente cualquier forma de soborno o incentivo a funcionarios públicos para obtener ventajas indebidas. Cualquier interacción con funcionarios públicos deberá ser transparente y cumplir con las leyes y regulaciones aplicables, tales como la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único) y la Ley 1474 de 2011.

Como parte de esta filosofía empresarial, enmarcada en principios éticos y de transparencia, la empresa se abstiene de pertenecer o mantener asociaciones con partidos políticos o sociales, sin embargo, expresa su respeto hacia las orientaciones de grupos políticos u otras organizaciones, sobre las cuales sus empleados, contratistas se encuentren identificados, siempre y cuando estas no vinculen la imagen u opinión de CETUS.

5. REPORTE DE INCIDENCIAS

CETUS Technology S.A.S. fomenta un entorno donde los empleados y socios comerciales pueden reportar conductas indebidas o violaciones a esta política sin temor a represalias. Cualquier incidente debe ser reportado a través de nuestros canales internos de comunicación (vía telefónica +57 3228514991 , correo electrónico PQRS@cetus.com.co) y será investigado de manera confidencial, en cumplimiento con la Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales).

6. DIVULGACIÓN Y CAPACITACIÓN

Todos los empleados recibirán capacitación periódica, por medio de publicaciones en medios impresos o virtuales, sobre esta política y las leyes anticorrupción aplicables, para asegurar el cumplimiento continuo y la concientización sobre la importancia de la ética, en los negocios.

7. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN

Esta política será revisada y actualizada periódicamente como minino cada año, por la junta directiva cuando se presenten cambios en la normatividad legal o interna, para evaluar y asegurar su relevancia y eficacia en el cumplimiento de las leyes y regulaciones vigentes, incluyendo la Ley 1474 de 2011 y la Ley 1778 de 2016, divulgándose, a todos los empleados o grupos interesados, sobre los cambios a que haya lugar

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